
El Comité ha estudiado los informes elaborados de cara a la preparación de uno o más instrumentos internacionales sobre amenazas nuevas y emergentes para la aviación internacional que complementarían el Convenio para la represión de actos ilícitos contra la Seguridad de la Aviación Civil (Montreal, 23 de septiembre de 1971), concluyendo la conveniencia de tipificar un delito de conspiración para la comisión de actos ilícitos contra la seguridad de la aviación civil y un delito de transporte aéreo internacional ilícito (de determinadas mercancías –armas– o personas –fugitivos internacionales–, en cuanto pueda suponer una amenaza para la paz o la seguridad internacionales).
A la reunión del Comité asistieron observadores de varios organismos (Unión Europea, ALADA, IATA, Eurocontrol...) y delegados de 67 países (entre los que no estuvo España).
La documentación de la sesión está disponible aquí.