El Parlamento catalán ha aprobado la Ley 14/2009, de 22 de julio, de aeropuertos, helipuertos y otras infraestructuras aeroportuarias. La Ley se aplica a las infraestructuras aeroportuarias de competencia autonómica (esto es, a los aeropuertos que no son de interés general y otros aeródromos ubicados en la región) señalando los principios y reglas para su planificación territorial, sectorial y urbanístca y las normas para su establecimiento y funcionamiento (incluyendo una relación de derechos de los usuarios de estas infraestructuras y un cuadro de infracciones y sanciones), así como la organización aeroportuaria de Cataluña (haciéndola descansar en la entidad de Derecho público «Aeroports de Catalunya»).
La Ley regula, asismismo, en el marco de la legislación estatal, el ejercicio de las competencias autonómicas en relación con los aeropuertos de interés general (en los que el Estado no se haya reservado la gestión directa), anticipándose a la anunciada modificación del actual modelo de gestión aeroportuaria del Estado (que prevé encomendar la gestión de los aeropuertos a una sociedad mercantil en cuyo capital puedan participar las Comunidades Autónomas y la iniciativa privada).