La Comisión Europea pondrá en marcha una evaluación de la regulación comunitaria del transporte aéreo.
El propósito de esta evaluación, conocida en el argot comunitario como fitness check, es detectar y corregir eventuales lagunas, solapamientos, contradicciones o desactualizaciones de las normas comunitarias, así como simplificar y reducir las cargas administrativas derivadas de ellas. Se trata, por tanto, de evaluar la calidad de la regulación comunitaria, proceso que, por su interés económico (la competitividad y productividad de las empresas puede verse afectada por la deficiente regulación de su actividad), la Comisión ha venido impulsado desde hace algunos años en otros sectores industriales.
La evaluación recaerá esencialmente sobre el Reglamento CE/1008/2008, de 24 de septiembre, de normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad, sobre el Reglamento CE/80/2009, de 14 de enero, por el que se establece un código de conducta para los sistemas informatizados de reserva y por el que se deroga el Reglamento CEE/2299/89 del Consejo; y el Reglamento CE/785/2004, de 21 de abril de 2004, sobre los requisitos de seguro de las compañías aéreas y operadores aéreos.
En estas normas se comprende toda la regulación relativa a la autorización de transportistas aéreos y servicios aéreos, tarifas y reserva y venta de billetes de viaje, flexibilidad (operativa y financiera), aseguramiento, obligaciones de servicio público, etc.
Más información sobre el alcance de esta evaluación, pulsando aquí.
El propósito de esta evaluación, conocida en el argot comunitario como fitness check, es detectar y corregir eventuales lagunas, solapamientos, contradicciones o desactualizaciones de las normas comunitarias, así como simplificar y reducir las cargas administrativas derivadas de ellas. Se trata, por tanto, de evaluar la calidad de la regulación comunitaria, proceso que, por su interés económico (la competitividad y productividad de las empresas puede verse afectada por la deficiente regulación de su actividad), la Comisión ha venido impulsado desde hace algunos años en otros sectores industriales.
La evaluación recaerá esencialmente sobre el Reglamento CE/1008/2008, de 24 de septiembre, de normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad, sobre el Reglamento CE/80/2009, de 14 de enero, por el que se establece un código de conducta para los sistemas informatizados de reserva y por el que se deroga el Reglamento CEE/2299/89 del Consejo; y el Reglamento CE/785/2004, de 21 de abril de 2004, sobre los requisitos de seguro de las compañías aéreas y operadores aéreos.
En estas normas se comprende toda la regulación relativa a la autorización de transportistas aéreos y servicios aéreos, tarifas y reserva y venta de billetes de viaje, flexibilidad (operativa y financiera), aseguramiento, obligaciones de servicio público, etc.
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