El Tribunal Supremo acaba de confirmar las multas, por más de 360.000 euros, impuestas a Iberia por vulnerar la normativa de protección de datos.
En agosto de 2002 aparecieron en las inmediaciones del aeropuerto de El Prat de Llobregat en Barcelona numerosas órdenes de entrega de equipaje pertenecientes a la compañía IBERIA en las que figuraban datos personales de los pasajeros (nombre, apellidos, domicilio, teléfono, número de vuelo y fecha) procedentes de un tratamiento automatizado previo realizado por los empleados de Iberia. Este tratamiento de datos para la gestión de equipajes extraviados, como su posterior cesión a CACESA (la empresa encargada de repartir los equipajes), no se encontraban debidamente declarados, asegurado ni autorizado conforme lo previsto en la normativa de protección de datos, motivo por el que se impusieron a la aerolínea las referidas multas que fueron confirmadas por Sentencia de la Audiencia Nacional de 16 de marzo de 2006. Ahora, por Sentencia de 23 de marzo de 2010 el Tribunal Supremo ha venido a declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por Iberia contra la decisión de la Audiencia Nacional, deviniendo firme esta decisión.
En agosto de 2002 aparecieron en las inmediaciones del aeropuerto de El Prat de Llobregat en Barcelona numerosas órdenes de entrega de equipaje pertenecientes a la compañía IBERIA en las que figuraban datos personales de los pasajeros (nombre, apellidos, domicilio, teléfono, número de vuelo y fecha) procedentes de un tratamiento automatizado previo realizado por los empleados de Iberia. Este tratamiento de datos para la gestión de equipajes extraviados, como su posterior cesión a CACESA (la empresa encargada de repartir los equipajes), no se encontraban debidamente declarados, asegurado ni autorizado conforme lo previsto en la normativa de protección de datos, motivo por el que se impusieron a la aerolínea las referidas multas que fueron confirmadas por Sentencia de la Audiencia Nacional de 16 de marzo de 2006. Ahora, por Sentencia de 23 de marzo de 2010 el Tribunal Supremo ha venido a declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por Iberia contra la decisión de la Audiencia Nacional, deviniendo firme esta decisión.